Texto Refundido de la Ley Concursal
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Texto Refundido de la Ley Concursal
Última modificación: septiembre de 2022.
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Ley 16/2022, de 5 de septiembre, de reforma del texto refundido de la Ley Concursal, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, para la transposición de la Directiva (UE) 2019/1023 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, sobre marcos de reestructuración preventiva, exoneración de deudas e inhabilitaciones, y sobre medidas para aumentar la eficiencia de los procedimientos de reestructuración, insolvencia y exoneración de deudas, y por la que se modifica la Directiva (UE) 2017/1132 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre determinados aspectos del Derecho de sociedades (Directiva sobre reestructuración e insolvencia)
Actualidad: Nuestro análisis
1 – Texto Refundido de la Ley Concursal tras la reforma operada por la Ley 16/22 de 5 de septiembre.
Las novedades fundamentales más relevantes de la nueva redacción:
1.- CONCURSO DE PERSONA FÍSICA. LA EXONERANCIÓN DEL PASIVO INSATISFECHO SIN NECESIDAD DE LA PREVIA LIQUIDACIÓN DE LA VIVIENDA HABITUAL.
Con la reforma de la Ley Concursal es posible eliminar de forma total y definitiva la deuda contraída por la persona física.
La exoneración del pasivo podrá llevarse a cabo por dos vías:
- mediante el sistema de liquidación previa del activo del concursado,
- sin liquidación previa del patrimonio del deudor con un plan de pagos, pudiendo conservar la vivienda habitual y, en el caso de autónomos, los activos empresariales para la continuidad de la actividad.
(Vea el texto original de la Ley al final de este artículo). ⇒
2.- EL PROCEDIMIENTO ESPECIAL DE MICROEMPRESAS
Se establece un nuevo proceso simplificado del procedimiento concursal para aquellas sociedades que cumplan los siguientes criterios durante el año anterior a la solicitud:
- Menos de 10 trabajadores
- Volumen de negocio inferior a 700.000 € o pasivo inferior a 350.000€
3.- EL DERECHO PRECONCURSAL Y LOS PLANES DE REESTRUCTURACIÓN EMPRESARIAL:
El TRLC incorpora en Libro Segundo dedicado en su integridad al Derecho Preconcursal, incorporando una extensa regulación de los Planes de reestructuración que podrán tener por objeto la modificación de la composición, de las condiciones o de la estructura del activo y del pasivo del deudor o de sus fondos propios incluidas las transmisiones de activos, unidades productivas o de la totalidad de la empresa.
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